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Expedientes Sancionadores CNMC — Defensa Jurídica Especializada para Empresas Energéticas

Recibir una notificación de la CNMC no es un trámite ordinario.

Puede ser el inicio de un expediente sancionador con impacto económico, reputacional y operativo para la empresa. También puede afectar a la continuidad de la actividad, a la financiación, a los contratos con clientes, a las garantías del sistema o a la posición de la compañía frente al regulador.

En un expediente sancionador energético, las primeras horas importan.

Antes de contestar, remitir documentación o asumir los hechos descritos por el instructor, es imprescindible revisar qué se ha notificado exactamente, qué plazo está corriendo, qué órgano interviene, qué hechos se imputan, qué documentación tiene la CNMC y qué riesgos reales existen para la empresa.

En OHMIUS defendemos a comercializadoras, productores, distribuidores locales, representantes en mercado, agregadores, operadores de almacenamiento, promotores renovables, empresas de servicios energéticos, comunidades energéticas y grandes consumidores en expedientes sancionadores de la CNMC y en procedimientos regulatorios del sector energético.

Actuamos desde el primer requerimiento, inspección o acuerdo de incoación hasta la resolución final y, si procede, la impugnación contencioso-administrativa.

Nuestro objetivo es claro: proteger la posición jurídica de la empresa, reducir el riesgo sancionador, preservar la prueba, evitar errores procesales y construir una defensa sólida desde el primer día.

Defensa urgente CNMC

¿Tu empresa ha recibido una notificación o pliego de cargos de la CNMC?

Revisamos el expediente, calculamos los plazos críticos, preservamos la prueba interna y definimos la estrategia antes de presentar alegaciones o remitir documentación.

Actuamos desde el primer requerimiento, inspección o acuerdo de incoación hasta la resolución final y, si procede, la impugnación contencioso-administrativa.

Expedientes sancionadores Alegaciones CNMC Acceso al expediente Prescripción y caducidad Contencioso-administrativo
Teléfono de atención urgente 931 418 686

Respuesta inicial en 24 horas laborables. Primera valoración urgente sin compromiso.

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Primeras horas del expediente

Recibir una notificación de la CNMC no es un trámite ordinario

Puede afectar a la continuidad de la actividad, la financiación, los contratos con clientes, las garantías del sistema y la posición de la empresa frente al regulador.

Antes de contestar, remitir documentación o asumir los hechos descritos por el instructor, es imprescindible revisar qué se ha notificado exactamente.

Hay que identificar qué plazo está corriendo, qué órgano interviene, qué hechos se imputan, qué documentación tiene la CNMC y qué riesgos reales existen para la empresa.

En OHMIUS defendemos a comercializadoras, productores, distribuidores locales, representantes en mercado, agregadores, operadores de almacenamiento, promotores renovables, empresas de servicios energéticos, comunidades energéticas y grandes consumidores.

Lo que debe revisarse antes de responder

Tipo de acto recibido
Fecha exacta de notificación
Plazo de alegaciones
Órgano competente
Hechos imputados
Documentación interna
Riesgo económico
Estrategia judicial futura
Actuación inmediata

Qué hacer si tu empresa recibe una notificación de la CNMC

La reacción inicial debe ser ordenada. No conviene responder impulsivamente ni remitir documentación sin revisión jurídica.

01

Confirmar la fecha exacta

La fecha y hora de recepción determinan el cómputo de plazos para acceder al expediente, alegar, aportar documentos o solicitar ampliaciones.

02

Identificar el acto recibido

No es lo mismo un requerimiento de información, una inspección, un acuerdo de incoación, una propuesta de resolución o una sanción.

03

Revisar el expediente completo

La defensa debe apoyarse en antecedentes, informes, documentos de terceros, actas, datos usados por la CNMC y criterios técnicos empleados.

04

Preservar documentación interna

Correos, contratos, facturas, registros, ficheros de medida, liquidaciones, manuales e informes deben conservarse sin alteraciones.

05

Definir estrategia antes de contestar

Debe revisarse competencia, tipicidad, prescripción, culpabilidad, prueba, proporcionalidad y posible defensa judicial.

Una buena defensa empieza antes de presentar el primer escrito. La respuesta inicial puede condicionar todo el expediente.
Procedimiento sancionador

Cómo funciona el procedimiento sancionador de la CNMC en 2026

La estructura sigue siendo la propia de un procedimiento administrativo sancionador: actuaciones previas, incoación, instrucción, alegaciones, prueba, propuesta, audiencia y resolución.

01 Actuaciones previas

Antes de incoar un expediente sancionador, la CNMC puede realizar actuaciones de supervisión, inspección o recopilación de información.

  • Alcance del requerimiento
  • Finalidad de la información
  • Plazo concedido
  • Confidencialidad y secretos empresariales
  • Protección de datos
  • Coherencia con comunicaciones anteriores
  • Posible ampliación de plazo
02 Acuerdo de incoación

Es el acto que inicia formalmente el expediente sancionador. Debe identificar hechos, posible infracción, sujeto responsable, instructor, órgano competente y plazo de alegaciones.

No basta con una incidencia o error operativo. Para sancionar debe existir una conducta típica, antijurídica, culpable y suficientemente probada.

03 Alegaciones iniciales

Las alegaciones deben plantear argumentos de fondo y de forma de manera ordenada, coherente y documentada.

  • Atipicidad
  • Ausencia de culpabilidad
  • Diligencia debida
  • Prescripción o caducidad
  • Falta de motivación
  • Indefensión
  • Prueba insuficiente
  • Desproporción de la sanción
04 Fase de prueba

En expedientes energéticos, la prueba técnica puede ser decisiva y debe responder exactamente al tipo infractor.

  • Informes periciales
  • Reconstrucción de datos de medida
  • Informes de facturación
  • Trazabilidad informática
  • Análisis de liquidaciones
  • Procedimientos internos
  • Comunicaciones con operadores
  • Evidencias de medidas correctoras
05 Propuesta de resolución

Si la propuesta es desfavorable, debe atacarse de forma precisa: valoración de prueba, hechos nuevos, calificación, proporcionalidad, motivación y plazos.

No debe repetirse sin más lo dicho en las alegaciones iniciales.

06 Resolución del Consejo de la CNMC

La resolución del Consejo pone fin a la vía administrativa. Con carácter general, no procede recurso de alzada ni recurso de reposición.

La vía ordinaria de impugnación es el recurso contencioso-administrativo.

Sujetos y obligaciones

Infracciones energéticas más frecuentes en expedientes de la CNMC

La primera tarea de defensa consiste en identificar qué condición tiene la empresa dentro del sistema y qué obligaciones le eran exigibles.

Productores y promotores

Permisos, hitos y registros

La sanción puede afectar al valor del proyecto, a su financiación o a su capacidad de operación.

  • Acceso y conexión
  • Garantías económicas
  • Cumplimiento de hitos
  • Inscripción en registros
  • Producción declarada
  • Medida y régimen retributivo
Consumidores directos

Obligaciones de mercado

Estos operadores asumen obligaciones que normalmente gestiona una comercializadora.

  • Garantías
  • Liquidaciones
  • Representación
  • Reglas de mercado
  • Comunicación de datos
  • Desajustes entre consumo real y declarado
Nuevos sujetos

Agregadores, almacenamiento y comunidades

La defensa debe evitar interpretaciones automáticas y reconstruir qué obligación era exigible en el momento de los hechos.

  • Reserva de capacidad
  • Gestión de medidas
  • Relación con consumidores
  • Participación en mercados
  • Uso de datos energéticos
  • Responsabilidad por terceros
Riesgo económico y reputacional

Cuantía de las sanciones y riesgos reales para la empresa

El riesgo no se limita a la multa

En el sector eléctrico, las sanciones pueden alcanzar importes muy elevados en función de la calificación de la infracción.

Además, las infracciones muy graves pueden llevar aparejadas sanciones accesorias que afectan a la actividad, la financiación, los contratos y la reputación.

La estrategia debe valorar si el objetivo es archivo, reducción de calificación, limitación económica o eliminación de medidas accesorias.

60 M€ muy graves

Las infracciones muy graves pueden alcanzar multas de hasta 60 millones de euros, con límites adicionales vinculados a la cifra de negocios.

6 M€ graves

Las infracciones graves pueden comprometer la continuidad de proyectos, contratos y relaciones con financiadores.

600k leves

Incluso una infracción leve puede tener un impacto relevante si se publica, genera antecedentes o afecta a contratos.

Impacto operativo

Inhabilitación, suspensión, revocación de autorizaciones o imposibilidad de captar nuevos clientes.

Impacto económico

Ejecución de garantías, devolución de cantidades, reintegro de ayudas o pérdida de financiación.

Impacto contractual

Covenants, contratos con clientes, PPA, acuerdos de desarrollo o responsabilidad frente a socios.

Impacto reputacional

Publicación de la sanción, pérdida de confianza y efecto en una futura venta de la compañía o proyecto.

Garantías procedimentales

Derechos de la empresa durante el expediente sancionador

La empresa expedientada no está obligada a aceptar pasivamente la interpretación del regulador.

Derecho de acceso al expediente

Permite conocer documentos, informes, datos y antecedentes, con los límites derivados de confidencialidad, secretos empresariales y derechos de terceros.

Derecho a formular alegaciones

Las alegaciones deben atacar la imputación concreta, aportar prueba, ordenar los hechos y preparar una eventual defensa judicial.

Derecho a proponer prueba

Puede solicitarse prueba documental, pericial, técnica o testifical relevante para acreditar los hechos.

Derecho a no sufrir indefensión

La empresa debe conocer la imputación, acceder a la prueba esencial y disponer de trámites adecuados para defenderse.

Derecho a una resolución motivada

La resolución debe explicar hechos, prueba, responsabilidad, calificación y graduación de la sanción.

Derecho a la proporcionalidad

La sanción debe atender a gravedad, daño, culpabilidad, reincidencia, beneficio, capacidad económica y circunstancias concurrentes.

Defensa formal y de fondo

Estrategias de defensa en un expediente sancionador CNMC

Cada expediente exige una estrategia propia según operador, conducta imputada, prueba existente, impacto económico y objetivo empresarial.

Tipicidad estricta

Defensa por atipicidad

Demostramos que los hechos descritos no encajan en el tipo infractor invocado o que la CNMC aplica una interpretación expansiva.

Culpabilidad

Defensa por falta de culpabilidad

No toda incidencia justifica sanción si la empresa actuó con diligencia, controles razonables o ante una situación excepcional.

  • Procedimientos internos
  • Formación del personal
  • Detección temprana
  • Corrección voluntaria
  • Ausencia de beneficio o daño
Procedimiento

Defectos formales esenciales

Revisamos competencia, notificación, motivación, prueba, trámite de audiencia, congruencia y separación entre instrucción y resolución.

Tiempo

Prescripción y caducidad

Analizamos fecha de hechos, posible continuidad, interrupciones, incoación, suspensiones, resolución y notificación.

Prueba

Falta de prueba suficiente

Identificamos lagunas probatorias, solicitamos prueba complementaria y aportamos informes técnicos o económicos cuando resulta necesario.

Graduación

Proporcionalidad de la sanción

Incluso si existe infracción, puede discutirse la calificación, la cuantía, las medidas accesorias y el impacto de la sanción.

Inspección y requerimientos

La inspección de la CNMC: qué hacer y qué no hacer

La empresa debe colaborar, pero también proteger sus derechos y evitar respuestas contradictorias o entrega desordenada de documentación.

Qué hacer

  • Identificar a los inspectores o al órgano solicitante.
  • Revisar el alcance de la actuación.
  • Informar inmediatamente al equipo jurídico.
  • Conservar copia de la documentación entregada.
  • Dejar constancia de cualquier incidencia.
  • Designar un interlocutor interno único.
  • Explicar adecuadamente la información técnica compleja.

Qué no hacer

  • No improvisar explicaciones sin comprobar los datos.
  • No destruir documentación.
  • No modificar registros o alterar correos.
  • No reconstruir documentos retrospectivamente.
  • No responder verbalmente a cuestiones técnicas sin control.
  • No entregar información confidencial sin valorar tratamiento reservado.

Plazos de prescripción y caducidad

Los plazos son uno de los ejes de cualquier defensa sancionadora.

El primer trabajo de OHMIUS es elaborar una matriz de plazos desde la recepción de la notificación.

4 años Prescripción de infracciones muy graves.
3 años Prescripción de infracciones graves.
2 años Prescripción de infracciones leves.
18 / 9 meses Caducidad: graves y muy graves / leves.
Aunque el expediente tenga una duración máxima amplia, los plazos parciales para contestar requerimientos, formular alegaciones, proponer prueba o responder a la propuesta son mucho más cortos.
Impugnación judicial

Recurso contencioso-administrativo contra sanciones de la CNMC

La demanda judicial no debe empezar desde cero. Debe apoyarse en una defensa administrativa ya preparada.

Cuando el Consejo de la CNMC dicta resolución sancionadora, la vía ordinaria de impugnación es el recurso contencioso-administrativo.

En vía judicial puede discutirse competencia, tipicidad, culpabilidad, prueba, motivación, proporcionalidad, prescripción, caducidad, cálculo de la sanción y medidas accesorias.

También debe valorarse la solicitud de medidas cautelares cuando la ejecución inmediata pueda causar perjuicios de difícil reparación.

Competencia del órgano
Tipicidad y culpabilidad
Prueba y motivación
Proporcionalidad
Prescripción y caducidad
Defectos de procedimiento
Cálculo de sanción
Medidas cautelares
Metodología OHMIUS

Fases del procedimiento y actuación de OHMIUS

Fase 1

Recepción de la notificación

Analizamos el documento recibido, identificamos el acto, calculamos plazos y valoramos el riesgo inicial.

Fase 2

Acceso al expediente

Solicitamos o revisamos el expediente completo y localizamos la prueba utilizada por la CNMC.

Fase 3

Preservación interna de prueba

Indicamos qué documentación debe conservarse y preparamos una cronología documental.

Fase 4

Análisis jurídico y regulatorio

Revisamos competencia, procedimiento, tipo infractor, prescripción, caducidad y proporcionalidad.

Fase 5

Análisis técnico y económico

Coordinamos informes, reconstrucción de datos, facturación, medida, liquidaciones o impacto económico.

Fase 6

Alegaciones iniciales

Redactamos alegaciones completas, combinando defensa formal, defensa de fondo y prueba documental.

Fase 7

Seguimiento de instrucción

Controlamos requerimientos adicionales, práctica de prueba y posibles cambios en la imputación.

Fase 8

Propuesta de resolución

Analizamos la propuesta, detectamos errores, reforzamos argumentos y presentamos nuevas alegaciones.

Fase 9

Resolución

Valoramos resultado, impacto económico, opciones de impugnación y posibles medidas cautelares.

Fase 10

Recurso contencioso-administrativo

Si procede, preparamos la demanda y dirigimos la defensa judicial hasta sentencia.

Operadores energéticos

Empresas a las que defendemos ante la CNMC

Actuamos desde Barcelona en expedientes con impacto en toda España.

Comercializadoras eléctricas Comercializadoras de gas Distribuidoras locales Productores renovables Promotores de proyectos Representantes en mercado Consumidores directos Agregadores independientes Operadores de almacenamiento Empresas de servicios energéticos Instaladores e ingenierías Gestores de autoconsumo Comunidades energéticas Grandes consumidores Empresas electrointensivas Grupos energéticos Fondos y gestores de activos

Por qué elegir OHMIUS para un expediente sancionador CNMC

Un expediente sancionador exige conocer el procedimiento, la normativa energética y el funcionamiento real del mercado.

No trabajamos con modelos genéricos. Reconstruimos los hechos, identificamos el riesgo real y definimos la estrategia adecuada.

Respuesta rápida en expedientes urgentes
Intervención directa de abogado senior
Control riguroso de plazos
Análisis de riesgo económico
Revisión completa del expediente
Preservación de prueba
Coordinación con técnicos y peritos
Defensa formal y de fondo
Tipicidad, culpabilidad y proporcionalidad
Experiencia en operadores energéticos
Preparación para vía judicial
Comunicación clara con dirección
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre expedientes sancionadores CNMC

Resolvemos las dudas principales sobre notificaciones, requerimientos, incoación, alegaciones, sanciones, recursos, caducidad y prescripción.
¿Qué debo hacer si recibo una notificación de expediente sancionador de la CNMC?

Debes conservar la notificación completa, anotar la fecha de recepción, no responder de forma precipitada y revisar inmediatamente el plazo. La primera actuación debe ser acceder al expediente, preservar la documentación interna y definir una estrategia jurídica.

¿Es lo mismo un requerimiento de información que un expediente sancionador?

No. Un requerimiento de información puede formar parte de una actuación de supervisión o investigación previa. Sin embargo, la respuesta que se dé puede utilizarse posteriormente en un expediente sancionador, por lo que debe revisarse jurídicamente.

¿Qué es el acuerdo de incoación?

Es el acto que inicia formalmente el expediente sancionador. Debe identificar los hechos imputados, la posible infracción, el órgano instructor y el plazo para formular alegaciones.

¿Qué ocurre si no presento alegaciones en plazo?

La empresa puede perder una oportunidad esencial de defensa. Aunque el procedimiento continúe, la falta de alegaciones puede dificultar la aportación de prueba, la discusión de hechos y la preparación de una futura impugnación.

¿Puedo acceder al expediente completo?

Sí. La empresa interesada tiene derecho a conocer el expediente y obtener copia de la documentación, con los límites derivados de la confidencialidad, los secretos empresariales y los derechos de terceros.

¿Puede la CNMC imponer sanciones muy elevadas?

Sí. En el sector eléctrico, las infracciones muy graves pueden llegar a 60 millones de euros y existe un límite adicional vinculado al 10% del importe neto anual de la cifra de negocios del infractor o de su grupo, según los casos.

¿Qué riesgos existen además de la multa?

Puede haber sanciones accesorias, inhabilitación, suspensión o revocación de autorizaciones, ejecución de garantías, devolución de cantidades, reintegro de ayudas, publicación de la sanción, daño reputacional y efectos sobre contratos o financiación.

¿Cabe recurso de alzada contra una resolución sancionadora del Consejo de la CNMC?

No. La resolución del Consejo de la CNMC pone fin a la vía administrativa y se impugna directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

¿Cabe recurso de reposición?

Las resoluciones del Presidente y del Consejo de la CNMC dictadas en ejercicio de funciones públicas no son susceptibles de recurso de reposición.

¿Cuánto dura un expediente sancionador energético?

En el sector eléctrico, el plazo máximo para resolver y notificar es de dieciocho meses en expedientes por infracciones graves y muy graves, y de nueve meses en infracciones leves, sin perjuicio de posibles suspensiones o incidencias de cómputo.

¿Puede caducar el expediente?

Sí. Si se supera el plazo máximo aplicable sin una suspensión válida, puede operar la caducidad del procedimiento. Debe analizarse el expediente completo y el cómputo de plazos.

¿Puede alegarse prescripción?

Sí. Las infracciones muy graves, graves y leves tienen plazos de prescripción diferentes. El análisis depende de la fecha de los hechos, su posible carácter continuado y las actuaciones interruptivas.

¿Qué argumentos pueden reducir una sanción?

La ausencia de daño, la falta de beneficio, la colaboración, las medidas correctoras, la diligencia interna, la inexistencia de reincidencia, la menor gravedad de la conducta o la desproporción del cálculo pueden ser relevantes según el caso.

¿Es necesario aportar un informe pericial?

Depende del expediente. En sanciones relacionadas con medida, facturación, mercado, acceso, liquidaciones o funcionamiento técnico, un informe pericial puede ser decisivo.

¿OHMIUS puede intervenir si el expediente ya está avanzado?

Sí. Revisamos lo actuado, los plazos pendientes, la prueba aportada, la propuesta de resolución si existe y la estrategia más adecuada para continuar la defensa.

¿Trabajáis solo en Cataluña?

No. OHMIUS tiene sede en Barcelona, pero defiende expedientes sancionadores de la CNMC y procedimientos energéticos con efectos en toda España.

¿Tu empresa tiene un expediente sancionador CNMC activo?

Revisamos el plazo, el expediente, la documentación disponible, el riesgo económico y los argumentos de defensa.

Consulta urgente sobre tu expediente sancionador CNMC

¿Tu empresa ha recibido un requerimiento, acuerdo de incoación, pliego de cargos, propuesta de resolución o sanción de la CNMC?

En OHMIUS revisamos tu expediente de forma prioritaria y te indicamos:

  • Qué plazo está corriendo.
  • Qué documentación debe conservarse.
  • Qué riesgos económicos existen.
  • Qué argumentos de defensa pueden plantearse.
  • Qué prueba conviene aportar.
  • Qué posibilidades existen de archivo, reducción o impugnación.